Licencias y Patentes

Objetivo

Velar por el correcto control y desarrollo de la actividad comercial del cantón.

 

Dependencia Jerárquica

Se encuentra a cargo del (la) Coordinador (a) de Licencias y Patentes quien reporta a la Coordinación del Área Tributaria. 

 

Actividades generales

  • Administrar las bases de datos producto del censo y actualizaciones de contribuyentes, responsables o declarantes de los distintos tributos municipales, verificando el cumplimiento que estos hagan de las obligaciones formales establecidas por ley.
  • Definir y/o recalificar el monto a pagar por las diferentes patentes aprobadas por la Municipalidad.
  • Generar el cobro del impuesto de patentes comerciales, licores y espectáculos públicos, entre otros.
  • Analizar, aprobar o improbar las solicitudes de permisos para espectáculos públicos a desarrollar en la jurisdicción del Cantón.
  • Fiscalizar los diferentes eventos de los cuales se derivan los cobros por espectáculos públicos.
  • Mantener actualizado el registro de patentados en relación con la cantidad y clasificación de éstos, según su actividad lucrativa, distrito y monto.
  • Revisar, clasificar e ingresar las declaraciones juradas producto del impuesto de patentes.
  • Tramitar, aprobar o improbar las solicitudes de nuevas patentes comerciales, industriales y de servicio, así como de la actividad referida al expendio de bebidas alcohólicas.
  • Supervisar y controlar el trámite de solicitudes de renuncia, traslado, cambio de actividad, de nombre y traspaso de los patentados.
  • Supervisar y controlar las solicitudes de licencia, espectáculos públicos, rótulos, ventas estacionarias y ambulantes, así como el cierre indefinido de establecimientos comerciales.
  • Proponer reformas a instrumentos jurídicos reguladores de las actividades lucrativas en el cantón de Pococí.
  • Tramitar, aprobar o improbar las solicitudes de prescripción de los tributos municipales.
  • Atender las distintas gestiones de reclamos por parte de los contribuyentes, según lo dispuesto en el artículo 162 del Código Municipal.
  • Recomendar a las instancias superiores las acciones a seguir, producto de trámites de organizaciones no gubernamentales y otros, orientados a recaudar fondos.
  • Coordinar con las diferentes instancias municipales y el Ministerio de Hacienda, la participación conjunta en el proceso de inspección de licencias y patentes.
  • Establecer, mantener, perfeccionar y evaluar el sistema de control interno del área de trabajo, en conjunto con la Coordinación del Área Tributaria, según los alcances del artículo 8 de la Ley General de Control Interno, Ley No. 8292 y de manera particular,  participando en las diferentes actividades concernientes a la aplicación del Sistema Específico de Valoración del Riesgo Institucional (SEVRI), en el ámbito de su competencia, con el fin de proporcionar seguridad razonable respecto a la consecución de los siguientes objetivos: a) conservación y protección del patrimonio público contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal; b) confiabilidad y oportunidad de la información;  c) eficiencia y eficacia de las operaciones;  y d) cumplimiento con el ordenamiento jurídico y técnico.

 

La Unidad de Patentes le recuerda  a todas las personas que realicen actividades lucrativas en el cantón lo siguiente:

  • Toda persona física o jurídica que desee establecer una actividad comercial con venta de licor en el cantón de Pococí, debe  solicitar una patente comercial y una licencia de licores ante la Unidad de Patentes de la Municipalidad de Pococí. Podrán solicitar el formulario en la plataforma de servicios de la municipalidad, en la unidad de patentes o bien descargarla de la página web de la municipalidad www.munipococi.go.cr  (Ver anexos 9.2 y 9.5).
  • Toda persona física o jurídica solicitante deberá llenar el formulario. Al presentar el formulario de solicitud de licencia, deberán de aportar los documentos que se solicitan en “Requisitos para adjuntar al formulario/solicitud licencia municipal” (Ver anexos 9.3 y 9.5).
  • Cuando la persona física o jurídica completa toda la información y la documentación que debe adjuntar se presenta en la Plataforma de Servicios, el plataformista le recibe la información al solicitante. procederá a solicitar la inspección de distancias a los inspectores municipales según corresponda con la solicitud de licencia de licores del interesado.
  • El plataformista después de recibida la información traslada la solicitud y los documentos a la Unidad de Patentes, se lo entrega a la persona encargada de la unidad de patentes o quien él haya designado para la recepción de las solicitudes.
  • La Unidad de Patentes por medio de la persona encargada de la unidad o quien él designe revisa y verifica la documentación a fin de corroborar el cumplimiento de todos los requisitos.
  • Una vez revisados y verificados los documentos y si faltare información o algún documento solicitado, mediante prevención administrativa, la Unidad de Patentes por medio de la persona encargada de la unidad o quien él designe le solicita al interesado que lo aporte, una vez cumplido se procederá a solicitar la inspección de distancias a los inspectores municipales según corresponda con la solicitud de licencia de licores del interesado según lo establecido en el Artículo N° 9 de la Ley 9047.(ver anexo 9.4), caso contrario y de no cumplir con lo solicitado y vencido el plazo otorgado para cumplir, se procederá a archivar dicha solicitud, la cual se mantendrá el archivo de gestión de la unidad de patentes el tiempo que estipule el procedimiento de archivo central AL-AR-P01 Archivo Central.
  • La Unidad de Patentes por medio de la persona encargada de la unidad o quien él designe, procede a la elaboración del Oficio dirigido al Concejo Municipal para su respectiva aprobación o rechazo según corresponda.
  • Cuando el Concejo Municipal aprueba las respectivas Patentes Municipales de Funcionamiento y Licencia de Licores, emite Acuerdo Municipal que será enviado a la Unidad de Patentes. La Unidad de Patentes por medio de la persona encargada de la unidad o quien él designe procede al registro del nuevo patentado y la confección de los respectivos documento llamados “Patente municipal de funcionamiento” y “Licencia para la Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico” para ser entregados al interesado previa cancelación de los correspondientes impuestos.

 

Ley 8582 de impuestos municipales del Cantón de Pococí estable quienes deben pagar el impuesto de Patentes:

Artículo 1: Todas las personas físicas o jurídicas que se dediquen al ejercicio de actividades comerciales, productivas, lucrativas o de cualquier índole, habituales o discontinuas, en el Cantón de Pococí.

Así mismo se establece la obligatoriedad de Declarar el Impuesto de Patentes en forma anual de lo contrario se hace sujeto de la imposición de una multa:

Multa por omisión de Declaración Jurada de Impuesto de Patentes

Artículo 13: “Si el patentado no presenta la declaración jurada municipal y la certificación del contador público autorizado en el término indicado en el artículo 10 de esta Ley, la Municipalidad le aplicará, de oficio, una recalificación, más una multa equivalente al treinta por ciento (30%) del impuesto pagado el año anterior.

"Señores (as) Patentados eviten la multa por la no declaración, declare en tiempo y forma"

  

Documentos para descargar: 

Para realizar las gestiones de solicitud de licencia comercial y de licores en forma digital ingrese al siguiente enlace: http://munipococi.go.cr/index.php/en-linea/solicitud-de-patentes

 

Contactos:

Licda. Vera Jiménez Villalobos

Coordinadora

Correo electrónico: vera.jimenez@munipococi.go.cr

 

Lic. Ademar Reyes Barrios

Asistente 

Correo electrónico: ademar.reyes@munipococi.go.cr

 

Para consultas se puede comunicar al teléfono 2713-6560 ext: 126 / 2713-6545 / 2713-6546 

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