Preguntas frecuentes

1.    ¿Cada cuánto debo presentar mi declaración de bienes inmuebles?

Los sujetos pasivos de bienes inmuebles deberán declarar, por lo menos cada cinco años, el valor de sus bienes a la municipalidad donde se ubican.

El valor declarado se tomará como base del impuesto sobre bienes inmuebles para el período fiscal siguiente a la presentación de la declaración. (Ley 7509. Artículo 16).

2.    ¿Cada cuánto debo pagar el impuesto de bienes inmuebles?

Este es un impuesto anual cuyo periodo inicia el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año calendario.

Se debe pagar anual trimestralmente, en caso de pagarlo durante el mes de enero y en forma anual puede acogerse a los beneficios por concepto de descuento que ofrece la municipalidad.

3.    Si tengo periodos atrasados en el pago de los tributos municipales y no tengo todo el dinero para pagar ¿qué puedo hacer?

La municipalidad cuenta con opciones de pago para las personas morosas, las cuales pueden presentarse a la municipalidad y hacer un arreglo de pago que le facilitará la cancelación de la deuda en tractos mensuales.

4.    ¿Cuáles son las fechas en que debo de pagar los servicios municipales y adonde puedo pagarlos?

Los tributos municipales se deben cancelar cada trimestre o si el contribuyente lo desea lo puede pagar por año adelantado y aprovechar los descuentos por pronto pago, el pago en tiempo evita el pago de intereses por mora, también puede pagar por trimestre y se permite utilizar sus tarjetas de débito o crédito en el pago de su deuda, para ello las fechas de pago a considerar son las siguientes:

·         I trimestre de pago de impuestos municipales: del 1ero de enero al 31 de marzo.

·         II trimestre de pago de impuestos municipales: del 1ero de abril al 30 de junio.

·         III trimestre de pago de impuestos municipales: del 1 ero de julio al 30 de setiembre.

·         VI trimestre de pago de impuestos municipales del 1ero de octubre al 31 de diciembre.

Los tributos se pueden pagar directamente en la municipalidad, en la plataforma de servicios, o por medio de los bancos del sistema nacional de pagos a través de conexión directa.

5.    ¿Cuándo debo presentar la exoneración del impuesto de bienes inmuebles y quienes pueden acceder a ese derecho?

La exoneración de bienes inmuebles se debe presentar todos los años, recomendablemente a principio de año, disposición que establece la ley 7509 que regula todo lo referente a los bienes inmueble.

Toda persona que tenga únicamente una propiedad en el territorio nacional tiene el derecho a la exoneración, excepto las personas jurídicas o sociedades jurídicas.

El trámite de exoneración debe realizarlo el propietario del inmueble aportando la copia de la cédula de identidad y la certificación registral de la propiedad (que se puede adquirir en la misma municipalidad) donde se comprueba que es propietario de un único bien a nivel nacional, condición ineludible para poder disponer del derecho de exoneración.

6.    Si quiero saber a cuánto asciende mi deuda ¿a dónde puedo acudir?

Puede realizar la consulta de su saldo a la unidad de cobros teléfono al 27-104481 o 2710-6560 ext. 138. O bien, solicite un estado de cuenta en la plataforma de servicios.

7.    En caso de que quiera interponer una denuncia referente a un tema municipal, ¿en dónde debo presentarla?

Las denuncias sobre servicios municipales deberá dirigirlas a la contraloría de servicios, ubicada en el edificio del Hotel Talamanca segundo piso, frente a la ruta 32, teléfono 2710-6560 ext. 110.

Denuncias por delitos ambientales como quemas en zona protectora o corta de árboles o construcción en áreas de protección de ríos, en la contraloría ambiental ubicada en el edificio del Hotel Talamanca segundo piso, frente a la ruta 32, teléfono 2710-6560 ext. 112.

8.   ¿Cuáles son las fechas importantes de pago para las patentes municipales?

Las fechas a considerar son: 

  1. Primer Trimestre 31 de enero
  2. Segundo Trimestre 30 de abril
  3. Tercer Trimestre 31 de julio
  4. Cuarto Trimestre 31 de octubre
 

9.    ¿Qué debo hacer para solicitar una licencia municipal para instalar un negocio en el cantón de Pococí?

Debo informarme en la plataforma de servicios de la municipalidad, sobre los requisitos necesarios que debo presentar para obtener la licencia o permiso municipal antes de instalar mi negocio.

10.  ¿Cuál es el horario de atención al público de la Municipalidad de Pococí?

El horario de atención es de lunes a viernes de 8:00 am a 3:00 pm.

Fuente: Área Tributaria

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